¿Cómo solicito la residencia de larga duración/residencia permanente en España?

2025-03-31 04:14:18

¿Cómo solicito la residencia de larga duración/permanente en España como Expatriado?

 

Después de vivir en España de forma legal y continuada durante cinco años, los expatriados pueden optar a solicitar un visado de residencia de larga duración. Esta guía describirá los requisitos de elegibilidad, el proceso de solicitud y los beneficios de la residencia de larga duración en España, a menudo conocida como residencia permanente.

Los expatriados pueden solicitar un visado de residencia de larga duración.

 

 

1. Ventajas de la residencia de larga duración/residencia permanente

 

Algunos de los beneficios de la residencia de larga duración son los siguientes:

  • Validez y renovación: Esta tarjeta de residencia es válida durante 5 años una vez expedida. Sólo tendrá que renovarla cada 5 años.
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  • Trabajar y estudiar: Con esta residencia, podrás vivir, trabajar y estudiar en España por cuenta propia o ajena. Por lo tanto, podrá cambiar libremente de trabajo y ya no necesitará patrocinio.
  • Acceso a la UE: Tendrás acceso completo a una tarjeta de residencia permanente de la UE, que te permitirá trabajar y vivir libremente en otros países de la Unión Europea.
  • Acceso a la UE.
  • Derechos: Tendrás más o menos los mismos derechos que los ciudadanos españoles, aparte del derecho de voto.
  • Derechos: Tendrás más o menos los mismos derechos que los ciudadanos españoles, aparte del derecho de voto.
  • Opción de Recuperación: También podrás recuperar la tarjeta de residencia de larga duración si la has “perdido”: Ej, Después de obtener la tarjeta, si estás fuera de la Unión Europea durante más de 1 año continuado, la tarjeta caducará. Pero aún tienes la oportunidad de recuperarla desde tu país de origen o en España.
  • Por favor, no te preocupes.

 

2. Requisitos

 

Aunque los requisitos varían según el tipo de residencia permanente al que vayas a optar, estos son los requisitos estándar para la mayoría de los solicitantes: 

  • No puede ser ciudadano de la UE/EEE/Suiza ni familiar de estos países
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  • No puedes estar residiendo irregularmente en territorio español
  • No puedes tener antecedentes penales en España o en cualquier otro país en el que hayas residido más de 6 meses
  • No puedes tener prohibida la entrada en España

 

 

Además de los requisitos anteriores, debes encajar en uno de los siguientes casos:

 

  • Has residido legal e ininterrumpidamente en España durante cinco años:
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  • Ha residido en la Unión Europea durante 5 años como titular de la tarjeta azul UE
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  • Es beneficiario residente de la pensión contributiva de jubilación española

 

  • Eres residente y has nacido en España y residido en España antes de cumplir los 18 años. Al menos has residido en España durante tres años antes de la solicitud.

 

  • Eres español de origen y has perdido la nacionalidad española
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  • Eres un residente que ha estado bajo la tutela de una entidad pública española durante los últimos cinco años consecutivos.

 

  • Usted es apátrida, refugiado o beneficiario de protección subsidiaria en territorio español y tiene reconocida la respectiva condición en España.

 

 

  • Además, hayas contribuido notoriamente al progreso económico, científico o cultural de España o a la proyección de España en el exterior.

 

 

3. Documentación requerida: 

 

  • Formulario de solicitud en modelo oficial (EX-11)por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante, salvo en el caso de haber contribuido al progreso económico, científico o cultural (En este caso, la solicitud la realizaría la Dirección General de Inmigración.)

 

  • Copia completa del pasaporte en vigor y copia del mismo
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  • Tarjeta de residencia en divisas y copia de la misma, válida y en vigor
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  • Certificado de antecedentes penales en España y en cualquier otro país en el que haya residido en los últimos 5 años.
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  • En su caso, es necesario presentar un informe emitido por las autoridades autonómicas o del centro educativo que acredite el estado de escolarización de los menores a su cargo que se encuentren en edad de escolarización.
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  • Prueba pagada de 790 0522.6 “autorización de residencia de larga duración y autorización de residencia de larga duración-UE a abonar por el extranjero”

 

  • Cobertura de seguro público o privado: Necesitas tener cobertura de seguro público o privado para cubrir tus necesidades médicas. Consulta nuestra oferta, adecuada para todo tipo de visado seguro/permiso de residencia en España.
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  • Dependiendo del caso que le aplique:

     

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    • Caso b): documentación acreditativa de periodos de residencia anteriores como titular de una tarjeta azul-UE en otros países de la UE.
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    • Caso d) y e): certificado de nacimiento.
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4. Aspectos a tener en cuenta: 

  • Los documentos deben expedirse en español o traducido oficialmente al español o a la lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.
  • En general, es necesario presentar copia de todos los documentos especificados anteriormente y presentar los documentos originales en el momento de la solicitud.
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5. ¿Cómo presento la solicitud?

  • Si el solicitante reside en España en el momento de realizar la solicitud, puede realizar la solicitud personalmente o con la ayuda de un representante en la web oficial.
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  • Si el solicitante no es residente en España, necesita solicitar la residencia personalmente:.
    • Si el solicitante se encuentra en territorio español, puede realizar la solicitud en la web oficial.
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    • Si el solicitante se encuentra actualmente fuera del territorio español, puede presentarse en el consulado u oficina diplomática de similar competencia.
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  • En el caso h), la Dirección General de Inmigración colaborará en la solicitud, a propuesta de una autoridad pública
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6. ¿Cuándo conoceré los resultados y qué hacer a continuación?

Los resultados suelen tardar unos 3 meses en conocerse. Pero si el solicitante no recibe ninguna notificación pasados los tres meses, podría entenderse que la solicitud ha sido aceptada. Sin embargo, no se puede solicitar la tarjeta NIE antes de obtener el resultado ¨“favorable”¨.

 

 

Cuando obtengas el ““favorable””, al igual que antes, podrás obtener tu cita para las huellas dactilares en una oficina de la Policía Nacional situada en la provincia en la que estés empadronado, junto con un EX-17, cuota pagada de la tarjeta NIE (¨TIE que documenta la autorización de residencia de larga duración o de residencia de larga duración-UE¨), y una foto tamaño carné.

 

Fuente:

[1] PORTAL DE INMIGRACIÓN. Residencia de larga duración. (2022). Recuperado el 16 de febrero de 2022, de https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/ciudadanosnocomunitarios/hoja046/index.html